jueves, 2 de agosto de 2012

NOMOS


(Del griego <`:@H, nomos, que originariamente se relacionaba con németai, algo que es repartido o distribuido equitativamente, y que presupone un sujeto que reparte o distribuye). Primitivamente, significaba reparto equitativo. Posteriormente, este término vino a significar ley, usos, costumbres o normas, dispensadas a partir de alguna entidad (que puede ser cada pueblo, el estado o los dioses) que las legitima o les confiere sentido.

Por <`:@H entendían fundamentalmente:

  • los usos y costumbres basados en creencias tradicionales y convencionales sobre lo que es justo, y
  •  las leyes aprobadas, que elevan aquellos usos y costumbres a la categoría de obligaciones, vigiladas por la autoridad del Estado. De esta manera, señalaban que el origen y el fundamento de toda ley no era más que una serie de costumbres o usos originados por mera convención, o por la conveniencia de grupos sociales que se habían impuesto sobre los demás. (Concepción que enlazaba con la del contrato social como origen de la sociedad).

Para los sofistas, y especialmente para Trasímaco, Calicles y Antifonte, el nómos tiraniza al hombre y, muchas veces, le obliga a actuar contra la naturaleza (contra la physis), de los otros hombres y contra la propia naturaleza. Al nómos o leyes convencionales oponen el único derecho verdadero, el que tiene como fundamento la propia naturaleza. No obstante, no todos los sofistas estaban en contra de la aceptación y legitimación del nómos pues Protágoras y Critias, por ejemplo, sustentaban una concepción del progreso de la humanidad basada en la necesidad de las leyes para sacar a la humanidad primitiva de la barbarie y convertirla en civilizada.
Sócrates y Platón, en cambio, vuelven a considerar la existencia de una fundamentación de las leyes, más allá de la mera convención. Platón considera que, si bien es cierto que las leyes son producto de la mente humana, también la misma physis, en cuanto producto del demiurgo divino, tiene su fundamento en un «dispensador» y, por tanto, sigue teniendo carácter de nómos. A partir de Aristóteles se vuelve a considerar la diferencia entre el derecho de origen natural y el derecho positivo o instituido por el hombre, y se señala que éste no debe atentar contra aquél. Posteriormente la tradición iusnaturalista insistirá en el fundamento natural de las leyes.
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Diccionario de filosofía en CD-ROM. Copyright © 1996. Empresa Editorial Herder S.A., Barcelona.
Prof. Lic. Claudio Andrés Godoy

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